Beneficiarios
¿ Quiénes son ?
Los trabajadores que cumplan tareas encuadradas en el Convenio Colectivo de Trabajo 260/75, revestirán como beneficiarios titulares de OSUOMRA, con excepción de aquellos que hayan ejercido el derecho de opción por otra Obra Social.
Los integrantes del Grupo Familiar primario comprendidos en la legislación vigente, serán incluidos a partir de la presentación de la Declaración Jurada ante la correspondiente Seccional de UOMRA (consultar Seccionales).
Los ascendientes y/ó descendientes por consanguinidad que hayan solicitado su incorporación conforme a las normas vigentes, en cuyo caso se fija un aporte adicional del UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5%) por cada una de las personas que se incluya.
El carácter de beneficiario otorgado por la Ley N º 23.660 subsistirá mientras se mantenga el contrato laboral, caso contrario y ante cualquier duda deberá dirigirse a la Seccional más cercana.
¿Cómo me afilio?
Régimen General – Rel. de Dependencia
Para afiliarse a OSUOMRA, el beneficiario deberá presentar obligatoriamente la Declaración Jurada. Este formulario puede ser impreso tecleando sobre el mismo ó solicitarlo en cualquier Seccional. Deberá ser confeccionado por duplicado, consignándose además de los datos del titular, los grupo familiar, y de otros familiares a cargo si los tuviera, debiendo constar además la firma del titular. La declaración jurada deberá ser presentada ante la Seccional de UOMRA correspondiente al domicilio de explotación del trabajador, la cual recibirá la solicitud de afiliación con el fin de evaluar y aceptar las incorporaciones que correspondan.
RÉGIMEN GENERAL
DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBE ACOMPAÑAR A LA DECLARACIÓN JURADA (Original y fotocopia)
Titular
– Documento de Identidad
– Recibo de sueldo del titular correspondiente al mes anterior al que se efectúa la declaración jurada.
Cónyuge
– Documento de Identidad
– Partida o Certificado de Matrimonio.
Conviviente
– Documento de Identidad
– Reconocimiento de convivencia pública en aparente matrimonio formulado por el titular en instrumento público (Declaración Jurada).
Hijos
Hijo soltero menor de 21 años: no emancipado por habilitación de edad ni ejercicio de actividad laboral, profesional o comercial.
– Documento de Identidad
– Certificado de Nacimiento
Hijo en guarda o tutela definitiva o provisoria:
– Documento de Identidad
– Testimonio o Certificado expedido por autoridad judicial o administrativa competente.
Hijo adoptivo:
– Documento de Identidad
– Testimonio de Sentencia Judicial de adopción.
Hijo incapacitado:
– Documento de Identidad
– Certificado de Nacimiento
– Certificado de autoridad competente (Hospital Nacional, Provincial o Municipal) que acredite la existencia de la discapacidad para el trabajo, su naturaleza y su grado.
– Si corresponde, testimonio o certificado expedido por autoridad judicial o administrativa competente que acredite la curatela (en caso de que posea incapacidad jurídica absoluta).
Hijo soltero mayor de 21 años y hasta los 25 años inclusive:
– Documento de Identidad
– Certificado de Nacimiento
– Certificado de estudios expedido por establecimiento reconocido oficialmente, válido por un año.
Familiares a Cargo (según Resolución 81/95 INOS)
Ascendientes (padre o madre del titular mayores de 60 años o estar incapacitados para trabajar)
– Partida de Nacimiento del titular y Declaración Jurada.
Descendientes (nietos hasta los 14 años)
– Partida de Nacimiento del descendiente y de su progenitor (es decir del nieto y del hijo del titular de la Obra Social)
Persona que conviva con el titular y reciba ostensible trato familiar, con derecho a cobertura de la Obra Social del Titular:
– Información Sumaria Judicial testimonial que acredite el trato familiar que se declara.
Jubilado
– Titular: Documento de Identidad, último Recibo de Pago y CODEM.
– Familiar: Documento de Identidad y CODEM.
Beneficiario por Opción
(para ver el instructivo de opciones haga clic aquí)
– Idéntico a Requisitos del Titular.
– Constancia emitida por OSUOMRA ó Superintendencia de Servicios de Salud. (Consulta en www.sssalud.gov.ar “Padrón de Opciones”)
MONOTRIBUTISTAS
Titulares
– Último recibo de pago
Cónyuge
– Último recibo de pago
– Certificado o libreta de matrimonio
– Formulario 184 F AFIP
Hijo menor de 21 años
– Ultimo recibo de pago
– Certificado de nacimiento
– Formulario 184 F AFIP
Hijo mayor de 21 y hasta los 25 años
– Último recibo de pago
– Certificado de nacimiento
– Formulario 184 F AFIP
– Certificado de estudios
LA OBRA SOCIAL PUEDE:
Suspender el Servicio ante la falta de pago (art. 81 Decreto 806/2004)
Exigir estar al día en los pagos para brindar el servicio (art.43 ley Nº 25.865)
Dar de baja al monotributista y su grupo familiar primario ante la falta de pago de tres cuotas consecutivas o 5 alternadas.
Aplicar el acceso progresivo a la cobertura a los nuevos monotributistas inscriptos (Anexo Decreto Nº 806/2004)
Información
DISTRACTO LABORAL – (Renuncia ó Despido)
Continúa la cobertura por un periodo de 3 (tres) meses posterior al distracto, sin necesidad de efectuar aportes, siempre que acredite Relación Laboral de 3 (tres) meses consecutivos como mínimo.
MUERTE DEL TITULAR
La cobertura para el grupo familiar que tenía declarado al momento del suceso es por un periodo de 3 (tres) meses posterior a la muerte del trabajador, sin necesidad de efectuar aportes, siempre que se acredite Relación Laboral de 3 (tres) meses consecutivos como mínimo.
DESEMPLEO
La cobertura es por el periodo que la ANSeS capite al beneficiario Ver Resolución 1203/03 de ANSeS.
GUARDA DE PUESTO POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD INCULPABLE
– Guarda de Puesto: (art. 208 LCT) por el lapso de seis (6) meses para una antigüedad menor a los cinco (5) años ó de seis (6) meses para una antigüedad superior a los cinco (5) años, duplicándose cuando el trabajador tuviere carga de familia.
Requisitos:
1. Último Recibo de Haberes
2. Certificación Laboral (Telegrama ó Carta Documento)
– Conservación del Empleo: durante 1 (un) año a partir del vencimiento de la Guarda de Puesto, Ley 24.744, art 211, LCT si necesidad de realizar aportes.
Requisitos:
1. Último Recibo de Haberes
2. Certificación Laboral (Telegrama ó Carta Documento)
NOTAS
Obras Social Provinciales, de Buenos Aires y PROFE
Modelo para informar Rectificativas de Aportes
Jubilados
Condiciones para Jubilados
La Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica acepta jubilados únicamente de la propia actividad y que hayan tenido una antigüedad mínima de 10 años sin ejercer el derecho de opción por otra obra social.
Las cónyuges ó concubinas que perciban un beneficio previsional, podrán ser aceptadas en tanto sus cóny/conc. cumplan con los requisitos enunciados en el párrafo anterior.
A los efectos de comprobar la afiliación, se debe solicitar los siguientes elementos:
– Documento de Identidad
– Ultimo Recibo de Pago
– CODEM.
Para incorporar un familiar será necesario…
– Titular: Documento de Identidad, Ultimo Recibo de Pago y CODEM.
– Familiar: Documento de Identidad y CODEM.